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I. Definición del reglamento. Este documento es la declaración de las reglas, cánones y prácticas de la Asociación de Usuarios de SAP México y Centroamérica (ASUG). Cualquier cambio a este documento beberá ser aprobado por mayoría de votos de la junta directiva de la ASUG.
II. Aceptación del reglamento. El seguimiento del reglamento es una condición para ser miembro de la ASUG. Además, todos los participantes en actividades de la ASUG, como condición de su participación, acordarán siempre seguir las reglas, políticas y los cánones de conducta de la ASUG. Situaciones o circunstancias no previstas en este reglamento serán sujetas a la revisión y a la acción del director de la ASUG y/o de los miembros del comité directivo.
III. Negación de responsabilidad. El siguiente enunciado de negación de responsabilidad deberá ser aplicado a los servicios y programas de la ASUG:
"Toda aquella información proporcionada a los socios, tales como programas, conferencias, boletines, noticias, comunicaciones electrónicas, o cualquier otro programa o servicio de la ASUG se deriva de muchas fuentes consideradas confiables. Sin embargo, tales programas y servicios pueden no proporcionar a la mejor información disponible. Además, la ASUG no controla la fuente ni controla la exactitud de tal información. Como tal, la ASUG no garantiza, o representa cualquier de estos en cuanto a la validez o el desahogo absoluto de ninguna representación de la información, y los niega como condición de su participación y de toda la responsabilidad del uso erróneo de tales representaciones o información. Además, los usuarios de los programas y servicios de la ASUG renuncian a cualquier demanda por los daños que pueden tener contra la ASUG o sus miembros individuales, agentes y empleados de sus miembros con respecto a la información y a las representaciones que proporcionó con esos programas y servicios ".
IV. Conducción de asuntos jurídicos. Cualquier requerimiento, petición, aviso o cualquier otra comunicación legal similar se deberá traer a la atención inmediata del director ejecutivo. Si cualquier miembro o directivo es requerido por un funcionario gubernamental, oficial de la corte o algún litigante, se deberá referir toda aquella petición al director ejecutivo. Bajo ninguna circunstancia los miembros o directivos responderán a cualquier pregunta de externos con respecto a los asuntos jurídicos de la ASUG.
V. Cánones de conducta. Para que la ASUG pueda alcanzar sus propósitos, los siguientes cánones de conducta deberán ser adoptados por todos los socios, directivos y asistentes de las conferencias.
Todos socios, directivos y asistentes en contacto con las actividades de la ASUG deberán:
A. Comportarse de una manera profesional, íntegra y respetuosa.
B. Abstenerse de cualquier actividad que viole el secreto y/o los derechos de propiedad de sus empresas, de la ASUG, o de cualquier otra persona u organización.
C. Seguir el reglamento y las políticas de la ASUG.
D.Identificarse y mostrar las credenciales o gafetes apropiados en las actividades de la ASUG.
E.No involucrarse en actividades de ventas, incluyendo la solicitación directa o indirecta, o conducir cualquier otra actividad contraria o ajena a los propósitos o a las políticas de la ASUG.
F. No distribuir propaganda o material publicitario en las actividades de la ASUG sin previa aprobación.
G.No utilizar a la ASUG o sus recursos para cualquier forma de reclutamiento de personal.
H.Utilizar el nombre de la ASUG sólo para los fines determinados por la junta directiva.
I.No utilizar las listas de asistentes o miembros de la ASUG o cualquier otra información relacionada para cualquier otra actividad contraria o ajena a los propósitos o a las políticas de la ASUG.
J.Restringir el uso de los documentos, información y datos presentados por la ASUG únicamente para los propósitos definidos en este reglamento y/o según lo autorizado por la junta directiva de la ASUG.
VI. Membresías.
A. Política de membresía. Las empresas, instituciones y organizaciones gubernamentales que tienen una licencia actual para el uso del software SAP en México y Centroamérica son candidatos a socios de la ASUG. Cada empresa, institución u organización gubernamental pueden registrar membresías por cada licencia de SAP R3 que opere. La definición exacta de una licencia actual de SAP R/3 y de una empresa miembro, será determinada por la junta directiva a partir del tiempo que la tecnología y las líneas de productos de la SAP cambien. Los individuos que representan a las empresas miembros de la ASUG pueden participar en todos los eventos patrocinados por la ASUG, y el número de asistentes por cada compañía será limitado y anunciadoxxº según lo determine la directiva de la ASUG en cada caso. Las cuotas anuales por membresía se pagarán por corporativo, y cada empresa asociada deberá reportar un (1) contacto primario, un (1) contacto ejecutivo y seis (6) contactos secundarios para su membresía.
B. No socios y prospectos. Una compañía No socio es aquella que cuenta con una licencia de SAP instalada y en operación para fines de negocios, pero que actualmente no es socio de la ASUG o que no ha pagado sus cuotas de membresía. Representativos de compañías no socios son elegibles para asistir a las conferencias, previa autorización del comité directivo. Un Prospecto es aquella empresa patrocinada por SAP en vías de adquisición de una licencia para el uso del software de SAP. Para que un prospecto pueda participar en los eventos de la ASUG deberá ser aprobado por el grupo directivo, previa solicitud por escrito de SAP México y Centroamérica.
VII. Base de datos de los socios.
La base de datos de los socios es la información confidencial, propiedad de la ASUG. Para proteger a los miembros y para satisfacer las obligaciones del secreto expresadas en este reglamento, la base de datos de los socios, y cualquier otra información relacionada, no podrá ser distribuida a cualquier persona, negocio u organización sin la aprobación de la junta directiva. Los datos de los socios, en cualquier tipo de formato, se pueden compartir con SAP para resolver las necesidades de negocio de la ASUG.
VIII Organización.
El esquema organizacional del ASUG está conformado por un comité directivo y por grupos de trabajo específicos. El punto IX y X definen su composición, objetivos y responsabilidades.
IX Comité directivo.
A. Elegibilidad de los miembros. Todos y cada uno de los miembros del comité directivo serán elegidos por votación. El tiempo de duración en los cargos es de un año, más un segundo año de reelección si el miembro y el comité directivo así lo disponen.
B. Funciones. Serán determinadas por cada uno de los comités activos al inicio de su gestión.
X Grupos de trabajo.
A. Definición. Los grupos de trabajo de la ASUG sirven como foros para el intercambio de información con respecto a áreas de aplicaciones específicas de los productos de SAP; para compartir ideas y experiencias relacionadas con los procesos de implementación; para discusión de conceptos y para influenciar en el mejoramiento de los productos de SAP.
B. Clasificación. Para administrar y manejar efectivamente la operación de estos grupos, éstos se podrán clasificar por:
1. Grupos por Proceso.- Organizados alrededor de procesos de negocios.
2. Grupos por Industria.- Organizados de acuerdo a las diferentes ramas industriales o de servicios.
3. Grupos de interés específicos.- Enfocados a temas de interés específicos.
A. Participación de SAP. Este grupo, conformado por especialistas de SAP, proporcionará a los expositores, expertos o contactos de desarrollo que soportaran a cada uno de los grupos de trabajo, además de servir como enlace con las respectivas instancias de SAP.
B. Elegibilidad de los líderes de grupo. Los líderes de cada grupo de trabajo serán nombrados por el comité directivo y la duración en el cargo será de un año. Será reelegible si el líder y el comité así lo disponen.
C. Reuniones de los grupos. Los líderes de grupo, en coordinación con el comité directivo determinarán, de acuerdo a la demanda de temas y usuarios, la programación de las reuniones de grupos. Estas reuniones se calendarizarán en periodos de tiempo intermedios a las conferencias o eventos generales.
El presupuesto a destinar, cuotas y demás elementos de carácter económico deberán ser aprobados por el comité directivo.
XI Conferencias y eventos.
A. Asistentes. Podrán asistir a las conferencias y eventos de la ASUG todos aquellos socios que tengan al corriente el pago de sus cuotas y que hayan cubierto el costo determinado para la misma. El acceso a No Socios y Prospectos, quedará sujeto a lo previsto en la política de membresías.
B. Registro. Todos los asistentes a las conferencias o eventos organizados por la ASUG deberán llenar la solicitud de registro que para cada caso se determine.
C. Cuotas. Durante el proceso de presupuesto anual, el comité aprobará las cuotas de registro para conferencias y eventos de la ASUG, las cuales deberán cubrirse sin excepción, salvo aquellas circunstancias previstas por el comité directivo.
D. Política de cancelaciones. Una vez cubierto el pago correspondiente a un evento de la ASUG, éste podrá ser cancelado, previa solicitud enviada por correo electrónico o fax a las oficinas de ASUG. Si la cancelación es realizada con 30 o más días de anticipación a la fecha oficial de inicio del evento, se devolverá el costo total del pago menos una cuota, que será determinada por el Comité Directivo. Si la cancelación es recibida entre 30 y 10 días previos al evento, sólo se reembolsará el 50% del cargo. No se reembolsarán cancelaciones solicitadas antes de 10 días del evento.
E. Cambios o sustitutos. No se efectuarán cargos extras por sustituciones en un registro, sin embargo, el cambio deberá ser solicitado previamente por la empresa correspondiente.
F. Presentaciones de vendedores o consultores. Previa autorización del comité directivo, proveedores o consultores podrán ser invitados a realizar presentaciones en las conferencias o eventos organizados por la ASUG, limitándose únicamente al intercambio de información técnica y educacional, y a la discusión de tópicos específicos. No se permitirá las presentaciones enfocadas a la mercadotécnia de productos y/o servicios, ni del uso de documentos de ventas, listas de precios o de la promoción de ventas.
G. Presentación y distribución de información. La ASUG y todos los participantes en actividades organizadas por la ASUG se abstendrán de participar en cualquier acción que viole el secreto y/o derechos de propiedad de cualquier persona u organización. Cualquier material para distribución o presentación (folletos, anuncios, directorios, etc.) a través de cualquier canal de la ASUG, NO deberá ser propietario, clasificado o restringido para el uso particular. El material que sea personal o propiedad de alguna compañía no podrá ser presentado o distribuido por la ASUG, a menos de que se cuente con la autorización correspondiente. La ASUG no asume responsabilidad por ningún material presentado o distribuido en conferencias o eventos, que sean propios o clasificados por alguna persona u organización, y no asume ninguna responsabilidad por su publicación.
H. Accesos a personas con discapacidades. La ASUG, en la medida de lo posible, otorgará las facilidades necesarias para el acceso a personas con discapacidades físicas. |
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